sábado, 5 de enero de 2013

Reglamentos Taurinos / Por Rafael Comino Delgado


"...Antes de las Comunidades Autonómas (parece increíble que pudiéramos vivir sin CA) solo había un RT para toda España y la cosa funcionaba, desde luego no peor que ahora; al menos los profesionales sabían a que atenerse..."

Reglamentos Taurinos
Por Rafael Comino Delgado

Desde hace unos años, los gobiernos de algunas Comunidades Autónomas (CA) han sentido la necesidad y el imperioso deseo de tener sus propios Reglamentos Taurinos (RT). Desde siempre cualquier presidente de CA que se precie, al llegar al puesto de mando, lo primero que hace es asegurarse su TV y Radio autonómicos, para poder contar y cantar sus magníficos logros y, naturalmente, su Caja de Ahorros para poder vivir holgadamente, me refiero desde el punto de vista político, pero en los últimos tiempos también, muchos, han querido tener su propio RT para, sin duda, “dar auge y apoyo al Toreo en su Comunidad y que sus ciudadanos (o ciudadanía como gustan decir) puedan disfrutar de mejores espectáculos taurinos”. Obviamente no nos referimos a Cataluña, donde sus gobernantes han decidido protegerlos de la barbarie taurina, pues soportar los toros y tanta corrupción como hay allí, al mismo tiempo, les seria imposible. Antes el Sr. Puyol y ahora el Sr. Arturo Mas siempre han velado por su gente. 

Antes de las CA (parece increíble que pudiéramos vivir sin CA) solo había un RT para toda España y la cosa funcionaba, desde luego no peor que ahora; al menos los profesionales sabían a que atenerse estuvieran en Bilbao, La Coruña o Algeciras. Ahora, según donde estén, tienen que pedir al mozo de espadas que saque el libreto para ver si puede cambiar el toro, si le darán el primer aviso a los 10 minutos, antes o después, si puede salir a hombros…

Uno se pregunta ¿es necesario que cada CA tenga su RT?, ¿es bueno que cada CA tenga su propio RT?. Antes de contestar habrá que leerse todos los reglamentos; yo solo he leído el de Andalucía, Castilla -León, el País Vasco y, naturalmente el de España. Se puede comprobar que son muy parecidos pues solo difieren en aspectos secundarios como, si la puya tiene un milímetro más o menos, si se puede indultar un toro en plazas de 3ª, quién puede ser presidente (“siempre nombrado por el político de turno, como debe ser”), si el caballo de picar puede pesar 5 kgs más o menos, si el concejal de festejos irá o no a la finca a ver los toros, y ya echa un día de campo, etc.

Así las cosas creo que no era necesario tanto RT y que bueno, lo que se dice bueno de verdad, no es. Lo verdaderamente importante es que se cumpla el reglamento que haya, pues en aspectos básicos, como la suerte de varas, ni se cumplía ni se cumple habitualmente, pero ahora los políticos pueden decir con orgullo que tienen su propio Reglamento Taurino. Faltaba más.

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