República Bolivariana de Venezuela
Estado Bolivariano de Mérida
Alcaldía Bolivariana del Municipio de Tovar
Despacho del Alcalde
Artículo 1°-
Declarar a la Ciudad de Tovar “Tovar Ciudad Taurina de Venezuela”.
Artículo 2°-
Crear la Orden “Tovar Ciudad Taurina de Venezuela” en su única clase la cual se otorgará, a distinguidas personalidades precursoras, y defensoras de la tauromaquia, asimismo la municipalidad entregará esta orden año a año a los actuantes en las corridas de toros que sean triunfadores según el veredicto de la Comisión Taurina Municipal, llamasen Ganaderos, Toreros, Novilleros y Subalternos. La misma se regulara mediante reglamento dictado por el poder ejecutivo municipal.
D.Nº D.A.B.M.T.
070-2015 05/08/2015
T.S.U. YVAN PULITI DI MARCANTONIO
ALCALDE BOLIVARIANO DEL MUNICIPIO TOVAR
DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA
En
uso de las atribuciones legales conferidas en los Artículos 174 de la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela, publicada en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela Nº 5.908 Extraordinaria de fecha 19 de
Febrero de 2009, en concordancia con los Artículos 3, 54 Numeral 4; 56 Numeral
1 y 2; 88 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal,
publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 6015
Extraordinario de fecha 28 de Diciembre de 2010.
CONSIDERANDO:
Que
nuestros pobladores desde al año 1843 celebran los festejos taurinos con
ocasión a las fiestas patronales en honor a La Virgen de Regla; Hoy Feria
Turística de Tovar en Honor a La Virgen de Regla.
CONSIDERANDO:
Que
estos eventos taurinos tenían su acento en la Plazuela en el Sector El Añil de
Tovar, en el denominado Circo Olimpia; hoy conocido como el parque turístico
Carabobo; donde se reunían propios y extraños a vivir desde muy cerca con la
adrenalina propia del evento como
verdaderos aficionados taurinos de solera.
CONSIDERANDO:
Que
en nuestra ciudad de Tovar septiembre a septiembre se celebra la Feria Turística de Tovar en Honor a La Virgen
de Regla, permitiendo fomentar el desarrollo económico, turístico,
agropecuario, deportivo, difundir nuestra cultura y promover valores,
costumbres, formando principalmente de esta feria la referencia taurina
nacional y mundial lo que sin duda se hace un valor inmaterial cultural propio
de la idiosincrasia de los Tovareños.
CONSIDERANDO:
Que
producto de estos eventos taurinos con
ocasión de la fiesta religiosa en Honor a La Virgen de Regla, en el año 1974
surge la grandiosa idea de ilustres Tovareños, guiados por el Presbítero Juan
Eduardo Ramirez párroco oficial del pueblo para la época, celebrar el
Reencuentro de los Tovareños, para que todos los hijos de Tovar tuvieran la
oportunidad de por lo menos en un día volver al terruño que los vio nacer para
reencontrase unos con otros y desde un gran abrazo poder tertuliar del pasado,
presente y futuro de sus vida y del provenir de su gran Tovar.
CONSIDERANDO:
Que
la municipalidad el ocho de septiembre de 2010, según decreto D N° 050-2010
declaro según las disposiciones contenidas en la Convención para Salvaguardia
del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad de la Organización para la
Educación, la Ciencia y la Cultura
UNESCO la Feria y fiestas y sus espectáculos Taurinos de Tovar en Honor
a La Virgen de Regla, como parte integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial
del Pueblo Tovareño.
CONSIDERANDO:
Que
la celebración de los eventos taurinos se realiza en el Coliseo El Llano, única
plaza techada de Latinoamérica los cuales contribuyen sin duda alguna al
crecimiento del aparato económico productivo de la región del Valle del
Mocotíes impulsando el turismo, haciendo consigo obligatorio a Tovar lugar de
visita en septiembre de cada año.
DECRETA:
Artículo 1°-
Declarar a la Ciudad de Tovar “Tovar Ciudad Taurina de Venezuela”.
Artículo 2°- Crear
la Orden “Tovar Ciudad Taurina de Venezuela” en su única clase la cual se
otorgará, a distinguidas personalidades precursoras, y defensoras de la
tauromaquia, asimismo la municipalidad entregará esta orden año a año a los
actuantes en las corridas de toros que sean triunfadores según el veredicto de
la Comisión Taurina Municipal, llamasen Ganaderos, Toreros, Novilleros y Subalternos.
La misma se regulara mediante reglamento dictado por el poder ejecutivo
municipal.
Articulo 3°-
Presentar el presente decreto al poder legislativo municipal con la intención
que este ente corporativo apruebe en su seno vía acuerdo lo contentivo en este
para mayor refuerzo jurídico para la historia de nuestro Tovar Taurino.
Artículo 4º: Notifíquese la presente
Resolución a la Contraloría Municipal, Concejo Municipal del Municipio
Bolivariano de Tovar del Estado Mérida, Dirección de Recursos Humanos,
Dirección de Planificación y Presupuesto, Unidad de Auditoría Interna,
Dirección de Recaudación y Administración Tributaria (DRAT) y Dirección de
Administración de la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Tovar del Estado
Mérida.
Artículo 5°: Este decreto
entrara en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial del Municipio
Tovar.
Dado, firmado y sellado en el Despacho del Alcalde del
Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, en Tovar, a los Cinco días
del mes de Agosto de Dos Mil Quince (05/08/2015). Años 205 de la Independencia,
156 de la Federación y 16 de la Revolución Bolivariana.
Comuníquese y Cúmplase,
T.S.U. YVAN
PULITI DI MARCANTONIO
ALCALDE DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO DE TOVAR DEL ESTADO
MÉRIDA
Plaza de Toros de Tovar
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