La delegación del gobierno andaluz en Jaén ha fijado en 12.000 euros la cuantía de la multa que deberían satisfacer ambos matadores que aún cuentan un periodo de alegaciones.
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La secuencia de los hechos es conocida. El día anterior al festejo se habían desembarcado nueve ejemplares marcados con el hierro anunciado, el de Álvaro Núñez. De ellos fueron rechazados cuatro aunque la cosa se enredaría especialmente con uno de ellos, el número 10, “por claudicación manifiesta de la mano derecha” según determinó la evidencia y el juicio de los veterinarios.
En la mañana del día 28 se embarcaron tres toros de Román Sorando que fueron aprobados sin problema por lo que, con ocho toros aptos, el festejo podía celebrarse sin mayores contratiempos. Con la llegada de las cuadrillas antes del preceptivo sorteo empezarían a enredarse las cosas con la autoridad. Se invocaba la lidia del número 10 argumentando que la cojera había desaparecido en contra de la opinión sostenida de los veterinarios que en este caso vinculaba al presidente.
A partir de ahí las cosas empezaron a calentarse, con conatos de plante si la corrida no se cerraba al completo con los toros de Núñez. Y se fueron… Con las cuadrillas de Morante y Manzanares en retirada, a las 14.30 de la tarde, el presidente decidió repescar otro toro, el número 9, que había sido desechado inicialmente por falta de trapío para el coso de Linares que ostenta la segunda categoría administrativa. Ya era tarde: el alicantino y el cigarrero habían tomado carretera y manta. Curro Día iba a tener conocimiento del delirante proceso en torno a las 15.00 horas decidiendo asumir el compromiso en solitario.
Expediente sancionador
El expediente sancionador, al que ha tenido acceso Diario de Sevilla, aclara algunos de estos puntos explicando que los partes facultativos enviados por Morante y Manzanares habían sido firmados a mediodía en el Hospital Fátima de Sevilla y en el Centro Médico Hiniesta. “Ante estos partes médicos, se quiere significar, que durante todas las actuaciones y sucesos acontecidos a lo largo del día del festejo, tanto en los reconocimientos de las reses existentes en los corrales, como cuando el Delegado de la Autoridad les informa de las 8 reses que finalmente componían la corrida y que habían sido declaradas útiles por el equipo veterinario, en ningún momento, nadie de las partes presentes que representaban a los lidiadores, expuso o manifestó que dichos matadores pudieran encontrarse indispuestos, ya que lo único que alegaron fue que ante esas reses aprobadas, tenían orden directa de abandonar la plaza y no lidiar la corrida”, refiere dicho expediente.
- El relato de la autoridad va más allá al señalar que
“cuando finalmente sobre las 14:30 horas el Sr. Presidente decide ceder a la demanda de estos representantes de los citados lidiadores, y con el fin de que se pudiera celebrar la corrida anunciada, toma la decisión de recuperar a la res número 9, lo que por parte de la empresa traslada a dichos representantes, compareciendo ante el Equipo Gubernativo, para informar de que a pesar de esta última decisión, siguen manifestando que ya no van a lidiar la corrida, abandonado definitivamente el festejo, momento en el que tampoco se expuso razones médicas o sanitarias que justificaran dicho abandono, ni a lo largo de todo el resto del día hasta 22:00 horas que fue cuando se le hizo entrega al Delegado de la Autoridad, de sendos partes facultativos que se adjuntan”.
El expediente abunda en el relato de los hechos y las incidencias recogidas en el acta oficial del festejo señalando que las cuadrillas, después de conocer la composición inicial de la corrida con cuatro toros de Álvaro Núñez y tres de Román Sorando aprobados, “tenían orden directa de que con las reses referidas no participarían en la lidia, abandonando inmediatamente la Plaza de Toros, quedando ilocalizables a fin de comparecer para la firma de un acta donde se reflejaría su negativa, así como se les informaría de las consecuencias de su decisión”.
La delegación del Gobierno de Andalucía en Jaén ha calificado los hechos como “graves” invocando el artículo 15 de la Ley 10/1991 sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos que califica así “la inasistencia injustificada, el abandono o el hecho de ausentarse sin autorización después de comenzar y antes de terminar la corrida anunciada, por parte de los profesionales taurinos, así como la actuación manifiestamente antirreglamentaria de los mismos.” Se propone esa multa de 12.000 euros para Morante de la Puebla y José María Manzanares que dispondrían aún de 15 días para efectuar las alegaciones que considere pertinentes.
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