jueves, 20 de diciembre de 2018

El Constitucional tumba la ley balear que prohibía la muerte del toro en las corridas


La ley prohibía, entre otras cosas, herir al toro

Según ha publicado Diario de Mallorca, y ha confirmado Europa Press, se declaran inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9. La sentencia cuenta con cuatro votos discrepantes.



El Constitucional tumba la ley balear que prohibía la muerte del toro en las corridas
  • La norma balear prohibía también la presencia de caballos y las banderillas. Buena parte de los artículos han sido anulados .


El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en Baleares, que fue aprobada en 2017 y que prohibía, entre otras cosas, la muerte del animal y el uso de caballos.

Según ha publicado Diario de Mallorca, y ha confirmado Europa Press, se declaran inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9. La sentencia cuenta con cuatro votos discrepantes.

El artículo 6 establecía que la salida de los animales se haga desde corrales, entre otros asuntos. El 7 prohibía la presencia de caballos, y el 8 era el que establecía que los animales debían ser devueltos a los corrales tras los espectáculos, que no podrían durar más de diez minutos.

El artículo 9 prohibía el uso de puntas de pica, banderillas y espadas o cualquier instrumento que pudiera producir heridas o la muerte del toro. Este también se ha declarado inconstitucional.

Del artículo 4 sobre embarque, transporte y desembarque, la sentencia elimina el apartado que hace referencia a que el viaje del animal debe ser desde la ganadería más cercana.

Del artículo 5, se declaran inconstitucionales los puntos que hacen referencia a la edad mínima de los toros, a sus pesos, y a que las actas veterinarias puedan cancelar las corridas, o que mediante informe sobre lesiones y otras incidencias se puedan tomar las medidas correspondientes.



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