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Pepe Bienvenida / La suerte suprema

domingo, 22 de marzo de 2015

Decreto de Municipio San Felipe prohibe Festejos Taurinos / por César Omaña





César Omaña 

Decreto de fecha 13 de marzo 2015
El Alcalde de San Felipe:
Alex Salomon Sànchez Banard, publicò en prensa local Yaracuy al dìa, el decreto No 005-2015 donde se expresa 

"Artìculo primero: Se prhibe toda producciòn de espectàculos de ìndole pùblico o privado, y/o corridas de toros que por su naturaleza puedan ocasionar al animal daños, humillaciones, vejaciones, martirio, sufrimiento, torturas, maltratos o muerte" 

Artìculo segundo: el presente decreto de Prohibiciòn de Eventos Taurinos en el Municipio san Felipe, entrarà en vigencia a partir de la publicaciòn en Gaceta Municipal."

El encabezado del decreto afirma que la Alcaldìa, representada por su Alcalde, hace uso de las atribuciones que le confiere el Aart. 174 de la Constituciòn Nacional; el Art. 88, numerales 1, 2 y 3 de la Ley Orgànica del Poder Pùblico Municipal. 

Se puede notar en la publicaciòn en prensa, el error en la diferencia de fechas en letra y en nùmero pues indica que fue Dado, firmado y sellado el 13 de marzo de dos mil catorce pero entre parèntesis indica otro año: (2015) 

LAS CONSIDERACIONES DEL DECRETO 

Al leer las consideraciones del decreto, los aficionados y defensores de la tauromaquia podràn hacerse una idea de còmo perciben el rito taurino estas autoridades que recurren a la prohibiciòn enarbolando una bandera de argumentos que no tienen una base sòlida 

CONSIDERANDO

Que es deber de la Alcaldìa de San Felipe, como Órgano Ejecutivo del Gobierno Local, promover actividades y adoptar medidas necesarias que contribuyan a la protección defensa y a Ia conservación del bienestar de todos los seres vivos, en principio en fundamento a las leyes naturales de supervivencia y equilibrio del ecosistema.

CONSIDERANDO

Que dentro del marco de la Gran Misión a toda Vida Venezuela y en atención a las políticas establecidas por los distintos Organos Nacionales, dirigidas a promover una sociedad libre de violencia, generadora de la paz, en pro de la protección y defensa de los animales que viven en el entorno humano, para así garantizar los principios generales de respeto, protección y defensa de éstos, tal como figuran en los convenios y tratados internacionales.

CONSIDERANDO

Que las corridas de toros constituyen un acto de agresión y crueldad animal, que a su vez lesiona el derecho a un mundo libre de violencia de todo ciudadano y en especial a todo niño, niña y adolescente al ser un acto promovedor de maltrato, que pudiera causar un daño psicológico, por el hecho de observar la tortura e incitación por parte de los espectadores en pro de la muerte y la agonía de un ser vivo.



1 comentario:

  1. O sea que si la lidia es un acto criminal, el torero es su autor y los aficionados sus cómplices. Hala, así se queda tan fresco este elemento camuflado de edil democrático cuando surge de elecciones fraudulentas y del partido chavista del gobierno que tortura y asesina a toda clase de personas incluidas niños y adolescentes.
    Es significativo que los mandatarios en el mundo que se inspiran en la dictadura marxista y son especialistas en la opresión social, terrorismo y crimen de estado sean precisamente los que persiguen a la fiesta de los toros atribuyendo a las corridas carácter lesivo para la humanidad.
    El mundo del toro se tiene que defender y reaccionar contra toda esta barbarie de políticos en Venezuela en España o donde haga falta.

    Lorenzo Buendía.

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