De hecho, el torero es dueño de sus faenas y es libre de pre vender sus derechos de contemplación al empresario, quien a su vez los revende al público. Todo crédito y comercio derivado de ellas le pertenecen. Publicidad, imagen, transmisiones, películas, videos, fotos, reproducciones… pueden o no ser incluidos en los contratos. Así es y así ha sido desde que el toreo se negocia.
¿Qué necesidad tenía entonces Miguel Ángel Perera de someter al criterio de los jueces su derecho natural de autoría sobre la ejecutada el 22 de junio de 2014 en la plaza de Badajoz a “Curioso” de Garcigrande? Ninguna.
Como no fuera sorprender con una pregunta de Perogrullo. Al Juzgado 1 de Badajoz, a la Audiencia Provincial de Extremadura y en última instancia al Tribunal Supremo español, forzado este a invocar el Tribunal de Justicia de la Unión Europea para responderle sibilinamente…
“Resulta muy difícil (no imposible) identificar de forma objetiva en qué consistiría la creación artística original al objeto de reconocerle los derechos de exclusiva propios de una obra de propiedad intelectual"
A lo cual cabe replicar que si a los altos magistrados españoles y europeos, les parece tan difícil identificar la creación artística en una faena, deberían consultar los milenios de arte, la historia de España, (que no puede comprenderse bien sin la historia de las corridas de toros según Ortega y Gasset), o al menos hojear ese hasta hoy no refutado libro: “Tauromaquia o arte de torear a caballo y a pie”, publicado por Pepe Hillo en 1796.
¿No es contraevidente? Opino, con la obligada humildad de aficionado raso, pero también con la libertad correspondiente, que todo esto ha sido, un conjunto de equivocaciones. De Perera, de los tribunales y de los que se han limitado a pasar la sentencia sin masticarla.
Tal vez el único acierto fuera la resignada conclusión del matador derrotado: “Acato, pero no estoy de acuerdo”. Por supuesto, yo tampoco. ¿Cómo estar de acuerdo si en la creación de la obra negada, cuya propiedad él mismo autor puso en tela de juicio, apostó hasta la vida? Era suya, todos los sabíamos. ¿Ahora?
¿Qué sigue, tras esta jurisprudencia sentada? ¿De quién serán esta faena y las otras? ¿Cómo se reclamará su propiedad?
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