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Pepe Bienvenida / La suerte suprema

domingo, 20 de septiembre de 2026

EL MATADOR A CABALLO / por Jubilado viajero

 '..Porque una cosa es que el espada dirija la suerte de varas —que el Reglamento le atribuye expresamente— y otra que se convierta en picador por voluntad propia. El artículo 73 le permite intervenir en la ejecución de la suerte cuando lo estime oportuno; pero el propio Reglamento ha construido la suerte alrededor de la figura profesional específica del picador..'

EL MATADOR A CABALLO

Hubo un tiempo en que los oficios del toreo no estaban separados por esas aduanas que hoy parecen poco menos que infranqueables. Un picador podía acabar de matador y un matador podía acordarse cualquier día de que también sabía montar a caballo. El mexicano Ponciano Díaz, --mitad charro y mitad torero--, aparece en 1880 saliendo a picar en El Puerto de Santa María. No sabemos si aquello fue exactamente lo mismo que hizo Luis Miguel Dominguín muchos años después, en la antigua Chata carabanchelera, el 2 de octubre de 1952. Pero la ocurrencia tuvo tanto eco que acabó bautizándolo, con ese sentido del humor que también forma parte de la historia del toreo, como «el número uno... y pico».

Lo que sí demostró la peripecia fue que, en el toreo antiguo, el caballo no constituía precisamente una frontera administrativa. Se cambiaba de gremio con bastante más facilidad que de chaqueta, y nadie parecía escandalizarse demasiado por ello. La prensa de la época, además, no tomó aquello por una simple ocurrencia: vio en la extravagancia de Dominguín la voluntad de ser un torero total, capaz de meterse también en el terreno reservado al varilarguero.

Después vinieron otros: Pepín Jiménez, Jesulín de Ubrique, Vicente Ruiz «El Soro», Antonio Ferrera y alguno más. Unos lo hicieron una vez; los menos, de cuando en cuando y con mayor o menor fortuna. Pero lo que en tiempos fue un suceso propio de un torero excepcional corre hoy el riesgo de convertirse en recurso de repertorio. Y ya se sabe que, en los toros, cuando una rareza se repite demasiado, empieza a dejar de serlo.

Esto nos lleva a pensar que el hecho de que el matador se suba al caballo no es solamente una intromisión a mayor gloria del espectáculo. Históricamente puede leerse también como una invasión, siquiera simbólica, del territorio del picador: «si yo puedo picar, ¿para qué necesito al picador?». No es una pregunta que convenga formular demasiado alto delante de la cuadrilla, pero explica bastante bien la osadía.

También antaño la alternativa tenía algo de promoción interna. El banderillero que había adquirido oficio y acreditado condiciones podía recibir la investidura de manos del propio matador de cuya cuadrilla formaba parte. Este le cedía los trastos y, con ellos, una categoría nueva. El toreo era entonces una profesión bastante más democrática en sus ascensos, puesto que se empezaba en la cuadrilla, se aprendía el oficio y, cuando el jefe entendía que había llegado la hora, se pasaba de las banderillas a la espada. No había tantos compartimentos estancos ni tantas casillas que respetar.

Hogaño, el Reglamento actual dice expresamente que corresponde al espada dirigir la ejecución de la suerte e «intervenir él mismo siempre que lo estimare oportuno». Es decir, jurídicamente hay una puerta abierta a esa intervención del matador, aunque la normativa no diga expresamente que pueda sustituir al picador y ejecutar por sí mismo el puyazo. Y aquí conviene recordar quién es quién en una corrida.

El picador no es simplemente un subalterno con caballo. Su condición profesional tiene una categoría propia dentro del Registro de Profesionales Taurinos. El Reglamento lo sitúa, junto al banderillero, en la Sección V, pero distingue perfectamente ambas categorías y exige para el picador una preparación específica, incluida la demostración de su pericia como caballista y en el manejo de la vara de picar. No es un peón que haya cambiado el capote por la garrocha. Es un profesional de una suerte determinada.

Y su traje tampoco es un capricho de guardarropía. La chaquetilla bordada en oro conserva el recuerdo de los tiempos en que el varilarguero tuvo en la Fiesta una consideración que después pasó al torero de a pie. Y las protecciones que completan su indumentaria —la mona o gregoriana, las defensas de las piernas, la calzona, las botas y el castoreño— responden a una función concreta, la de proteger al hombre que se enfrenta al toro desde el caballo.

Por eso resulta cuando menos chocante que, en una corrida reglamentariamente organizada, se exija al picador una indumentaria específica y unas condiciones profesionales determinadas y, llegado el momento, el matador pueda ocupar su puesto vestido con su traje de luces, sin ninguna de aquellas defensas.

La contradicción es evidente. Porque una cosa es que el espada dirija la suerte de varas —que el Reglamento le atribuye expresamente— y otra que se convierta en picador por voluntad propia. El artículo 73 le permite intervenir en la ejecución de la suerte cuando lo estime oportuno; pero el propio Reglamento ha construido la suerte alrededor de la figura profesional específica del picador.

Y aquí aparece la pregunta que nadie parece tener demasiadas ganas de formular: ¿puede quien tiene la autoridad para mandar en una suerte asumir también la profesión de quien está obligado a ejecutarla? Si la respuesta es sí, habrá que explicar para qué existe la categoría profesional del picador y para qué se le exige una preparación específica.

Si la respuesta es no, habrá que explicar por qué los presidentes contemplan la escena como si estuvieran viendo una suerte más del repertorio del matador. Porque tampoco parece razonable que el presidente sancione al picador por una irregularidad en la ejecución de la suerte de picar y permanezca impasible cuando otro profesional, sin la indumentaria ni las protecciones propias del varilarguero, ocupa su puesto.

El Reglamento, además, no deja al primer tercio entregado a la improvisación, sino que establece cómo ha de ejecutarse la suerte, quién ha de realizarla y hasta prevé que, cuando un picador no pueda continuar, sea sustituido por otro picador de las restantes cuadrillas. No dice «si el matador tiene ganas, que se suba al caballo y proceda».

Y quizá ahí esté la cuestión. No se trata de impedir que un matador demuestre que sabe montar, ni de poner puertas al campo de las facultades de un torero. El matador puede banderillear, puede hacer quites, puede manejar el capote y la muleta y puede intervenir en cuantos menesteres de la lidia le permita su condición. Pero que pueda hacerlo no significa necesariamente que deba hacerlo todo.

Porque si cada profesional puede sustituir al otro cuando le apetezca, terminaremos teniendo una corrida en la que sobrarán las categorías profesionales y bastará con que un solo torero tenga buenas aptitudes para todo. Y eso, llevado al extremo, tendría su gracia, podría verse al matador picando, al picador toreando de muleta, al banderillero estoqueando y al presidente preguntándose, desde el palco, quién manda allí.

La solución quizá sea tan sencilla como incómoda y pasaría porque el Reglamento determine con mayor claridad si la intervención del espada en la suerte de varas comprende únicamente la dirección y los quites o alcanza también la ejecución material del puyazo; y que, si esta última posibilidad se admite, establezca las condiciones profesionales y de indumentaria necesarias para hacerlo.

Porque si para picar hay que ser picador, habrá que decirlo. Y si no hace falta serlo, sería bueno que alguien explicase para qué demonios lo es.

Tenemos en España una singular afición a convertir las excepciones en costumbres. Después llamamos tradición a la costumbre y, finalmente, Reglamento a la tradición. Así se hacen muchas cosas en los toros. Y algunas, incluso, se hacen a caballo.
Jubilado viajero

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