...hasta el momento el conflicto de Venezuela ha sido analizado desde la perspectiva interna pero es inevitable considerar los acontecimientos venezolanos como una prueba de fuego al Órden Internacional, al exponer frente a todos la frágil contextura del sistema democrático.
VENEZUELA AL ROJO VIVO
Jesús Eduardo Trocónis Heredia
Profesor de Derecho Internacional Público
Universidad Carlos III de Madrid
La crisis que atraviesa Venezuela está al rojo vivo, somos testigos de un proceso salvaje de
destrucción que enseña la represión de los venezolanos,la cárcel, la tortura, la inhabilitación
de los partidos; el patético hundimiento del aparato productivo, el exterminio de PDVSA y de
la CVG, pilares principales del desarrollo nacional; ponen, en la escena las uñas
aterradoras de Fidel Castro, el hambre, la enfermedad y la muerte.
En mi opinión la solución a esta terrible y dolorosa realidad, debe ser conjunta, mediante la
puesta en vigor de un sistema multilateral, integrador y eficaz. Josep Borrel, al asumir como
Alto Comisionado de Asuntos Exteriores y Seguridad de la Unión Europea, 1 de diciembre
de 2020, postula que el arreglo de diferencias entre los 27 miembros de la Organización
serán resueltas desde su propio seno. Esa atribución de Derecho positivo goza del respaldo
de la Doctrina Universal, los franceses Charles Rousseau, Reuter y Bastid, junto a los
españoles, Diez de Velazco y Mariño Menéndez, la impusieron como condición prealable a
la personalidad Jurídica y autonomía de acción de las OOSS, en otras palabras, no existe
una organización internacional sin voluntad propia. Por esa razón esa facultad o potestad
que reclama Borrel para la Unión Europea también lo tiene la corresponde igual a la
heredera de la Unión Panamericana, la Organización de Estados Americanos ( OEA), con
35 miembros, y sin duda, la más antigua de las Organizaciones Internacionales de nuestros
días. Por cierto, es la primera en proclamar los Derechos del Hombre y del Ciudadano, en
su acta constitutiva de abril de 1948, algunos meses después, tendrá lugar en la ONU.
El rescate de la Democracia y la libertad en Venezuela encuentra en el reestablecimiento
del Estado de Derecho un objetivo central. Ningún país por poderoso que sea puede
afrontar en solitario el desafío de la reconstrucción que emprenderemos a la caída régimen
dictatorial. Por esa razón resumo a continuación las bases jurídicas para dar soporte sólido
al sistema multilateral referido o Intervención Multilateral:
1. Del Corpus Iuris de la OEA :La propia Carta Constitutiva define el cumplimiento de sus
objetivos primordiales: la democracia y los derechos fundamentales. Primero. La
organización tiene poderes suficientes, aún no mencionados en sus propios estatutos, que
le son conferidos por considerarse esenciales al ejercicio de sus funciones. Segundo. La
solidaridad de los Estados Americanos está fundamentada en el ejercicio de la Democracia
por Representativa.
2. La Declaración de Santiago de Chile de 1959, prescribe, el ejercicio democrático con
sujeción al Estado de Derecho, la celebración de elecciones periódicas, libres y justas,
basadas en el sufragio universal y secreto, como expresión de la soberanía popular, del
régimen plural de partidos y de la separación e independencia de los poderes públicos. Se
establece así un estrecho vínculo entre la democracia y los derechos humanos.
Apenas una mención al TIAR, de 1947, que desarrolla el concepto de la seguridad no
solamente contra un ataque al territorio americano sino la subversión interna provocada por
una propaganda a una ideología contraria a la democracia representativa y, a la
Conferencia Panamericana de Caracas, de 1854 que declara la solidaridad entre los
Estados americanos contra una intromisión del comunismo internacional. En estos textos
aparece la voluntad de buscar soluciones a los asuntos regionales en el marco que ofrece
la OEA, sin necesidad de acudir a la ONU (oscurecida por los intentos de EEUU de valerse
del Pacto de Río en el caso de Guatemala, 1954 y Santo Domingo 1965).
Ahora bien, hasta el momento el conflicto de Venezuela ha sido analizado desde la
perspectiva interna pero es inevitable considerar los acontecimientos venezolanos como
una prueba de fuego al Órden Internacional, al exponer frente a todos la frágil contextura
del sistema democrático. De aquí la necesidad de trabajar con entrega para establecer un
Estado de Derecho Internacional, fuerte, sostenible en la política exterior de las naciones.
Dos Institutos Juridico refiero en ese sentido. En primer lugar, el Derecho de injerencia o
intervención humanitaria, promovido por la Doctrina Francesa e italiana, esparcida en la
mayoría de Europa, que declara la primacía de la defensa y protección de los derechos
humanos fundamentales por los más antiguos principios de la soberanía y la no
intervención, normalmente invocados por las dictaduras tiranías más despreciables, como la
de Kadafi en Libia o la de Hussein en Irak. En segundo lugar, la Responsabilidad de
Proteger, aprobado por resolución de la ONU, en 2005, que postula la defensa de la
sociedad civil, es decir, del hombre y del ciudadano a fin de garantizar el ejercicio de los
derechos humanos. Estableciendo para toda la Comunidad Internacional entera, Estados,
por antonomasia sujetos de Derecho Internacional, y las Organizaciones Internacionales,
sin excepción, la obligación y el deber de resguardar la democracia, la libertad, la dignidad
de los seres humanos. Una nota final es la prolífica multiplicación de la Jurisdicción
Internacional, dentro de la cual sobresale La Corte penal Internacional, en vigencia por el
tratado de Roma de 2002.
De esta manera repito la convicción de mi punto de vista, plasmado en mi libro Intervención
Multilateral, triunfo de la democracia contra el populismo, que considero corresponde al
interés de la libertad de Venezuela. Lo hago con el mayor respeto hacia quienes sostienen
otras tesis, cumpliendo una obra política recta, una obra política que nos demanda nuestra
conciencia de venezolanos.
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