La ley prohibía, entre otras cosas, herir al toro |
Según ha publicado Diario de Mallorca, y ha confirmado Europa Press, se declaran inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9. La sentencia cuenta con cuatro votos discrepantes.
El Constitucional tumba la ley balear que prohibía la muerte del toro en las corridas
- La norma balear prohibía también la presencia de caballos y las banderillas. Buena parte de los artículos han sido anulados .
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales varios artículos de la Ley de regulación de las corridas de toros y de protección de los animales en Baleares, que fue aprobada en 2017 y que prohibía, entre otras cosas, la muerte del animal y el uso de caballos.
Según ha publicado Diario de Mallorca, y ha confirmado Europa Press, se declaran inconstitucionales los artículos 6, 7, 8 y 9. La sentencia cuenta con cuatro votos discrepantes.
El artículo 6 establecía que la salida de los animales se haga desde corrales, entre otros asuntos. El 7 prohibía la presencia de caballos, y el 8 era el que establecía que los animales debían ser devueltos a los corrales tras los espectáculos, que no podrían durar más de diez minutos.
El artículo 9 prohibía el uso de puntas de pica, banderillas y espadas o cualquier instrumento que pudiera producir heridas o la muerte del toro. Este también se ha declarado inconstitucional.
Del artículo 4 sobre embarque, transporte y desembarque, la sentencia elimina el apartado que hace referencia a que el viaje del animal debe ser desde la ganadería más cercana.
Del artículo 5, se declaran inconstitucionales los puntos que hacen referencia a la edad mínima de los toros, a sus pesos, y a que las actas veterinarias puedan cancelar las corridas, o que mediante informe sobre lesiones y otras incidencias se puedan tomar las medidas correspondientes.
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