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Pepe Bienvenida / La suerte suprema

miércoles, 30 de enero de 2019

SUSPENSIÓN DE LA FERIA DEL SOL. LA COMISIÓN TAURINA DEL MUNICIPIO DE MÉRIDA OPUESTA A LA GOBERNACIÓN


Monumental "Román Eduardo Sandia"


Transcribe la disposición contenida en el artículo 9 (deberes y atribuciones de la Comisión Taurina) numeral 21 de la Ordenanza Taurina de Mérida, el cual señala: “Suspender en cualquier estado de la fase organizativa los espectáculos taurinos, cuando a su juicio existan circunstancias de tal naturaleza que motiven esta determinación.”


LA COMISIÓN TAURINA DE MÉRIDA

En uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Taurina del Municipio Libertador del Estado Mérida y su Reglamento, en reunión celebrada en su sede en fecha 30 de enero de 2019, a las 10:00am, consideró el comunicado emitido por La Gobernación del Estado Mérida en la noche del 29 de enero del presente año, y en tal sentido ACUERDA lo siguiente:

1º.- Exhortar a las autoridades, instituciones y personas involucradas en la realización de los festejos taurinos de Mérida a no tomar decisiones apresuradas, inconsultas y que puedan afectar derechos de terceros, en particular de la afición taurina y de las miles de personas que dependen económicamente de la realización de las Ferias Internacionales del Sol y sus corridas de toros;

2º.- Reiterar que de conformidad con la Constitución Nacional, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, la Ordenanza Taurina de Mérida y su Reglamento, las competencias en materia de espectáculos taurinos corresponden al Municipio, y le asignan a la Comisión Taurina el cumplimiento de las atribuciones en esta materia. Por lo tanto, las decisiones de poderes u organismos distintos al Municipio, son violatorias del principio de separación y autonomía de los poderes;

3º.- Recordar que la primera obligación de la Comisión Taurina es la promoción y fomento de la tauromaquia, la defensa de los derechos de los aficionados y la protección de las corridas de toros como Patrimonio Cultural Inmaterial de Mérida.

4º.- Transcribe la disposición contenida en el artículo 9 (deberes y atribuciones de la Comisión Taurina) numeral 21 de la Ordenanza Taurina de Mérida, el cual señala: “Suspender en cualquier estado de la fase organizativa los espectáculos taurinos, cuando a su juicio existan circunstancias de tal naturaleza que motiven esta determinación.”
La Comisión Taurina Municipal y los delegados taurinos del Alcalde en reunión permanente, están atentos a los acontecimientos nacionales, y los valoran día a día, y reitera que tomará las decisiones que estime convenientes y oportunas, anteponiendo los superiores intereses de los venezolanos, merideños y aficionados.

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