MIGUEL ÁNGEL MONTAÑÉS:
"EL TC TARDARÁ AL MENOS DOS AÑOS EN RESOLVER LA PROHIBICIÓN DE LOS TOROS"
Miguel Ángel Montañés, Secretario General Adjunto del Tribunal Constitucional, ha afirmado en una entrevista para el diario Expansión que el Tribunal tardará 'al menos dos años en resolver el recurso de inconstitucionalidad' sobre la prohibición de los toros en Cataluña, presentada por el Partido Popular el pasado mes de diciembre.
Montañés ha señalado que 'entiendo la inquietud del sector taurino y de los aficionados, pero hay que tener en cuenta que el recurso es bastante reciente y hay más de doscientos recursos previos a él que todavía no se han resuelto. Por eso, dos años como mínimo'.
El Secretario Adjunto del Tribunal Constitucional evita en la entrevista pronunciarse sobre la constitucionalidad de la decisión tomada por el Parlamento de Cataluña, y afirma que 'la cuestión no es si se pueden prohibir los toros, sino en qué condiciones y por quién'.
Montañés cree que 'la cuestión esencial es si puede prohibir los toros una comunidad autónoma'.
22-09-2011 por Juanma Lamet
El domingo se celebrará en Barcelona la última corrida de la historia de Cataluña. Por ahora. El Tribunal Constitucional (TC) tiene aún que resolver un recurso de inconstitucionalidad que presentó el PP en diciembre. El sector taurino lo espera como agua de mayo, pero va a tardar, al menos, dos años, según asegura Miguel Ángel Montañés, secretario general adjunto del TC, en una entrevista exclusiva con EXPANSIÓN.
¿Es constitucional prohibir los toros?
Sin duda es una cuestión muy controvertida. Habrá que esperar a la respuesta del TC. Desde luego, la tradición y la historia no son impedimento para el desarrollo de las leyes, y ni la cultura ni las tradiciones son intangibles ni impermeables a la legislación. La propia historia de la tauromaquia ha estado plagada de prohibiciones. Con todo, creo que la cuestión no es si se pueden prohibir los toros, sino en qué condiciones y por quién.
¿Y en qué condiciones sería constitucional la prohibición?
En los últimos años, el bienestar animal se ha convertido en un principio transversal y son muchas las leyes y normas que lo recogen. Y su protección bien puede ser un fin legítimo para fundar la restricción de derechos siempre que así lo decida el legislador. Ahora bien, una prohibición podría ser desproporcionada al afectar los derechos a la libertad empresarial y profesional de miles de personas, aparte del coste medioambiental, pues los espectáculos taurinos hacen que sea económicamente viable la cría de reses bravas y la protección de espacios naturales de alto valor ecológico. De otra parte, la prohibición sólo de las corridas de toros y no de otras actividades que también afectan al bienestar animal se antoja una decisión poco coherente del legislador que, en algún caso, hasta podría considerarse arbitraria y discriminatoria. Entiendo que los antitaurinos pidan la prohibición de las corridas y no de la caza o de los festejos taurinos populares, por ejemplo, pero el legislador no puede prohibir unas actividades y autorizar otras.
Pero, ¿puede una comunidad autónoma prohibir?
Esta es la cuestión esencial, y la respuesta varía según la perspectiva. Si consideramos los toros como un espectáculo más, desde luego las Comunidades Autónomas (CCAA) tienen competencia para hacerlo, pues las competencias estatales en materia de espectáculos versan únicamente sobre el orden y la seguridad públicos. Lo mismo ocurre en materia de protección de animales, sobre la que no parece que pueda discutirse la competencia autonómica. Pero es dudoso que esta prohibición respete el equilibrio entre la unidad económica nacional y cierto grado de diversidad. Además, no se puede prohibir el patrimonio cultural de todos los españoles... Las dudas también surgen si entendemos la fiesta de los toros como fenómeno histórico y cultural, pues las competencias sobre cultura son paralelas entre Estado y CCAA, correspondiendo al primero la preservación del patrimonio cultural común. Una cosa es fomentar la cultura propia, para evitar un modelo cultural único y uniforme, y otra prohibir manifestaciones culturales. Siempre he pensado que la cultura no puede prohibirse.
¿Cuánto tardará en resolverse el recurso de inconstitucionalidad del PP?
Es difícil anticiparlo, aunque preveo que no se resolverá a corto plazo. No me atrevo a decir una fecha, pero no antes de dos años. Eso, como mínimo. Lo más probable es que se tarde más. Entiendo la inquietud del sector taurino y de los aficionados a los toros, pero también hay que tener en cuenta que el recurso es bastante reciente, de finales del pasado año, y que hay más de doscientos recursos de inconstitucionalidad interpuestos con anterioridad aún pendientes de resolver.
¿Es contraproducente que la recogida de firmas para ILP taurina no marche bien?
A mi juicio, es indiferente. Es más, considero que no es buena la proliferación de iniciativas legislativas populares (ILP), sobre todo teniendo en cuenta que en modo alguno son vinculantes.
¿Puede sentar esta prohibición un precedente para otras autonomías?
Algunos pueden pensar que estamos ante un tema coyuntural, pero creo que se equivocan. El fenómeno abolicionista intentará seguir en otros lugares y por eso es preciso que busquemos respuestas razonadas a la pregunta de si pueden o no prohibirse los toros.
¿Será otro TC, renovado, el que dirima este asunto?
No lo sé, pero sería muy deseable, porque supondría que no hay más retraso en la renovación parcial que le corresponde al Congreso de los Diputados, que debería haberse hecho en diciembre de 2010.
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Mañana será muchos los españoles que se desplace hasta el país vecino de Cataluña para ver la que con toda seguridad sea la última corrida de toros de Barcelona.
ResponderEliminarEl país catalán situado entre Francia y España y cuando en estas dos naciones la fiesta de los toros sigue disfrutando de plena libertad para la celebración de las corridas de toros, mucho me temo que en España que tanto nos gusta imitar lo que del extranjero viene, cualquier día haya una cabeza pensante y se le ocurra proponer para después hacer en España lo mismo que en Cataluña.
Plácido Torrente