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Pepe Bienvenida / La suerte suprema

domingo, 21 de diciembre de 2014

Prohibición toros Cataluña: El Defensor del Pueblo se declara incompetente (y cobarde) / Por Jorge Ponce


La defensora del Pueblo, Soledad Becerril

"...Ahora, el Defensor, tan cobarde como el Tribunal Constitucional, acomodado en su poltrona y huyendo de asuntos conflictivos, se declara incompetente para conocer de este asunto..."


Ante la solicitud de apremiar al Tribunal Constitucional a pronunciarse sobre la vuelta de los toros en Cataluña

El Defensor del Pueblo se declara incompetente (y cobarde) 

Por Jorge Ponce 
Tertulia Taurina La Carioca / web Pureza y emoción 
Hace algunas semanas reclamamos, desde la Tertulia Taurina La Carioca, del Defensor del Pueblo que apremiara al Tribunal Constitucional (que lleva años sin decidir un asunto que debería haber solucionado en cuestión de días) a cumplir su cometido en el asunto de la prohibición de Cataluña (España), ya que es evidente que no lo está haciendo (el propio Defensor reconoce "la tardanza del Tribunal para resolver") dejando en situación de indefensión no solo a los muchos aficionados catalanes, si no a los profesionales (acomodadores, porteros, cartelistas además de toreros, banderilleros, ganaderos, mayorales, vaqueros...) que ven menguados sus ingresos por no poder ejercer una profesión lícita y admirable.

Ahora, el Defensor, tan cobarde como el Tribunal Constitucional, acomodado en su poltrona y huyendo de asuntos conflictivos, se declara incompetente para conocer de este asunto. La clase política, y todos los que de ellos dependen vuelven a dar la espalda a la ciudadanía en un asunto vital para un gran sector de población que se encuentra desamparado. Digo yo, ¿por qué le pagamos a esta gente?

Argumenta torpemente el Defensor que "no entrará a conocer de las quejas de las que conozca un Tribunal", sin reparar en que no se le solicita que entre a conocer la queja, tan solo que apremie al propio Tribunal que tiene que conocer a que conozca y resuelva. Un argumento muy zafio que no puede, jamás de los jamases, premiar sobre los derechos reconocidos en el Titulo I de la Constitución, y concretamente el artículo 24 que se está vulnerando, y que reside en la Sección II del Capítulo I, es decir, Derechos Fundamentales.
  • La carta que le enviamos nosotros fue esta:
Señor Defensor del Pueblo Español.

Es algo conocido por todos que la justicia, para ser la garantía para los ciudadanos que establece el artículo 24 de la Constitución Española, debe cumplir el requisito de la administración premiosa de la justicia, pues una justicia que se dilate indefinidamente en el tiempo no es garantía para los ciudadanos.

Por otra parte, según la LO 2/1979 del Tribunal Constitucional, es Vd. uno de los legitimados para interponer el recurso de inconstitucionalidad (art. 32.1), y de velar por los derechos de los ciudadanos en esta materia. Si seguimos el artículado de este cuerpo legal, el artículo 34 dice textualmente: "el Tribunal Constitucional dictará sentencia en el de diez dias, salvo que, mediante resolución motivada, el propio Tribunal estime necesario un plazo más amplio que, en ningún caso, podrá exceder de treinta días".

Ante esto, somos muchos los ciudadanos que nos encontramos directamente afectados por un recurso interpuesto por el grupo parlamentario Popular el 28 de octubre de 2010, contra la prohibición de los toros en Cataluña, que fue admitido a trámite por el pleno del TC y que 4 años más tarde no ha sido resuelto, dejando en clara situación de indefensión a todos los profesionales que directa e indirectamente viven de la fiesta taurina, y a cuantos aficionados tiene.

Por esto, solicito al Defensor del Pueblo exija poner fin a esta situación de indefensión, instando al TC a que resuelva la cuestión.



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