“ordenar a las autoridades distritales competentes disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santamaría de Bogotá, mediante adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión”.
Sí a las corridas, Corte Constitucional de Colombia
La sentencia es una derrota en toda la línea para la intransigencia antitaurina del alcalde Gustavo Petro. Avala las corridas, y desautoriza su no renovación del contrato de arrendamiento de la plaza como recurso para prohibirlas. Falta ver si el mandatario cumple su palabra, empeñada días atrás, de "irse" antes que permitirlas.
Tras nueve meses de gestación, y coincidiendo con el día 28 de la huelga de hambre iniciada por ocho novilleros frente a la plaza de toros de la capital de la república, en reclamo de su devolución al fin para el cual fue construida, hoy el órgano máximo de la jurisprudencia, la corte Constitucional de Colombia decidió:
“ordenar a las autoridades distritales competentes disponer lo necesario para la reanudación del espectáculo taurino en la Plaza de Toros de Santamaría de Bogotá, mediante adopción de mecanismos contractuales u otros administrativos que garanticen la continuidad de la expresión artística de la tauromaquia y su difusión”.
También falló la demanda con ponencia favorable del magistrado Mauricio González para la Corporación Taurina contra la decisión del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, que dio por terminado, a través de un decreto, las corridas de toros en la ciudad al no renovar el contrato de arrendamiento de la plaza de toros.
Las anteriores decisiones las basa la corte en la plena vigencia de la Ley 916 de 2004 “Ley taurina nacional" que legitima jurídicamente lo que considera una expresión artística y cultural tradicional para el pueblo colombiano y reglamenta las corridas. El concepto ha sido redactado en los siguientes términos:
“La Corte encontró que no existe una norma legal que imponga la prohibición general de los espectáculos taurinos. Antes bien, la Corte ha avalado la regulación legal de estas actividades contenida en la Ley 916 de 2004, en cuanto tradición cultural de la Nación, susceptible de ser reconocida por el Estado”
Un triunfo para la Fiesta y que vean los apaticos que si se puede preservar el espectaculo con un poco de voluntad y compromiso por parte de todos los estamentos en todos los paises Taurinos....
ResponderEliminarUn ejemplo para todo el Mundo del Toro lo que ha sucedido en Colombia. La sentencia del Tribunal Constitucional encaminada a hacer justicia y devolver la Plaza Santamaria de Bogota a la actividad para la que fue construida, marca un hito en la lucha en favor de la Fiesta. El merito es de los taurinos Colombianos por su accion incansable. Mencion especial merecen los Novilleros que todavia estan en huelga de hambre, los Maestros Enrique Calvo y Cesar Rincon y todos aquellos profesionales y aficionados Colombianos que se hicieron presents en distintas convocatorias para protestar por el atropello del terrorista Petro. Enhorabuena por Colombia y por la Fiesta.
ResponderEliminarPatricio Maldonado
Aficonado Ecuatoriano
Aplausos a Colombia por su madurez democrática y justicia a los trabajadores...
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